Preguntas Frecuentes en La Agencia Inmobiliaria
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1
¿Es obligatorio tener Revisor Fiscal?
Es obligatorio en conjuntos comerciales o mixtos. En los residenciales es opcional, a menos que el reglamento lo exija.
2
¿El Consejo puede vetar las decisiones de la Asamblea?
De ninguna manera. La Asamblea es el máximo órgano y sus decisiones están por encima del Consejo y del Administrador.
3
¿Cuántos miembros debe tener el consejo?
Debe ser un número impar (generalmente 3, 5 o 7), según lo determine el Reglamento de Propiedad Horizontal.
4
¿Los miembros del consejo reciben salario?
Por ley no. Es un cargo honorífico, a menos que la Asamblea apruebe una remuneración, lo cual es muy poco común.
5
¿Puede el Consejo aprobar cuotas extraordinarias?
No. La aprobación de cualquier cuota, ordinaria o extraordinaria, es competencia exclusiva e indelegable de la Asamblea.
6
¿Cuál es la función del presidente del Consejo?
Presidir las reuniones del consejo, actuar como enlace principal con el administrador y firmar el contrato del administrador, pero NO es representante legal.
7
¿El Consejo de Administración puede imponer multas?
El consejo puede imponer sanciones y multas por incumplimiento del manual de convivencia, siempre y cuando se garantice el debido proceso y el reglamento le otorgue esa facultad.
8
¿Los arrendatarios pueden pertenecer al Consejo de Administración?
Solo si el propietario del inmueble les otorga un poder específico para representarlo como delegado en el consejo.
9
¿Los miembros del Consejo deben ser propietarios?
La Ley 675 exige que el consejo esté integrado por propietarios o sus delegados (representantes legales o apoderados).
10
¿Quién elige al Consejo de Administración?
La Asamblea General de Propietarios.